Evolución y análisis de los Servicios Personales (capítulo 1000) en Sonora, 2015-2024

Por Redacción Nov 6, 2023


Por Carlos Germán Palafox Mollyers*


Hermosillo, Sonora 05 de Noviembre 2023.-Los servicios personales son las asignaciones destinadas a cubrir las remuneraciones del personal al servicio de estado, tales como: sueldos, salarios, honorarios asimilables al salario, prestaciones y gastos de seguridad social, obligaciones laborales y otras prestaciones derivadas de una relación laboral, pudiendo ser de carácter permanente o eventual. El capítulo 1000, que se refiere precisamente a los servicios personales, es uno de los capítulos más importante cuando se diseña el presupuesto en cualquier entidad de la república, y Sonora no es la excepción, por ello la importancia de conocer su evolución y realizar un breve análisis sobre ese capítulo. Técnicamente el tema es complejo, pero trataremos de abordarlo de una manera sencilla.
La Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (LDF) tiene por objeto establecer los criterios generales de responsabilidad hacendaria y financiera que regirán a las Entidades Federativas y los Municipios y sus respectivos entes públicos, para un manejo sostenible de sus finanzas públicas, para el uso responsable de la deuda pública, así como para fortalecer la rendición de cuentas y la transparencia, además de regular la información mínima que se tiene que presentar en sus leyes de ingresos y en sus proyectos de presupuestos de egresos.
Dentro de los temas de hacienda pública sostenible que toca la LDF se encuentra el de la determinación del límite del crecimiento para el Capítulo 1000, conocido como Servicios Personales, y que de conformidad con el Artículo 10 de la Ley, la asignación global de recursos para servicios personales que se apruebe en el presupuesto de egresos de las entidades federativas, se realizará atendiendo a lo siguiente:

  • La asignación global de recursos tendrá como límite el producto que resulte de aplicar al monto aprobado en el Presupuesto de Egresos del ejercicio inmediato anterior, una tasa de crecimiento equivalente al valor que resulte menor entre:
    a) El 3 por ciento de crecimiento real, y
    b) El crecimiento real del Producto Interno Bruto señalado en los Criterios Generales de Política Económica para el ejercicio que se está presupuestando, con la excepción de que si el Producto Interno Bruto presenta una variación real negativa para el ejercicio que se está presupuestando, se deberá considerar un crecimiento real igual a cero.
    Conociendo esas especificaciones de la Ley, surge la interrogante: ¿cuál es el monto límite para la asignación global de recursos para el Capítulo 1000 Servicios Personales que se puede aprobar en el Presupuesto de Egresos del Estado de Sonora para el próximo ejercicio fiscal 2024? Es importante señalar que el cálculo para el capítulo 1000 en el presupuesto 2024 para Sonora se realizará en la siguiente entrega. Para tener la respuesta desarrollamos el siguiente ejercicio:
    Paso 1
  • Actualización por la inflación el monto asignado al Capítulo 1000 en el ejercicio actual ($62,680,220) con la estimación del cierre diciembre/diciembre de la inflación a 2023 (4.5%), presentada en el “ANEXO II Marco macroeconómico 2023-2024.
    Fundamento para actualizar por inflación el monto asignado en el presupuesto 2023 para Servicios Personales:
    • El artículo 10 de la LDF formula que este capítulo de Gasto tendrá un límite de crecimiento real, es decir, se le puede aplicar una tasa de crecimiento por encima de la inflación tomando en consideración que la tasa de crecimiento real de una variable representa el crecimiento porcentual de esa variable una vez descontado el efecto de la inflación.
    Paso 2
  • Una vez actualizado el monto que fue asignado en el ejercicio fiscal 2023 para el Capítulo 1000, se procede a aplicar la menor entre las dos tasas de crecimiento real de conformidad con el criterio que establece el artículo 10 de la LDF:

Como se observa en el ejercicio, y en términos de lo previsto en el artículo 10 de la LDF, el límite a la asignación global para servicios personales en el Presupuesto de Egresos local para el año 2024 será de $67,203,851.48. Lo anterior una vez que al monto aprobado para el ejercicio fiscal 2023 se actualizó con la inflación (4.5%) y posteriormente se aplicó una tasa de crecimiento real que, como ya se comentó, será del 2.6% de acuerdo a los CGPE 2024. Así el cálculo sería de la siguiente manera: ((1.0451.026)-1)100 = 7.217%, que es el límite de crecimiento, en términos porcentuales, de Servicios Personales.
El capítulo 1000 aprobado en el ejercicio fiscal 2023 presentó un incremento de $ 4,523,631 para obtener un limité estimado para el capítulo 1000 en 2024. En este límite se pueden presentar dos situaciones; una de inicio y otra de final. La inicial es que se apruebe un presupuesto del capítulo 1000 muy por debajo del límite y no poder atender eventualidades, como pueden ser fuertes incrementos salariales, ya que una vez aprobado este capítulo no se puede modificar. El no pagar en tiempo las nóminas, por error de cálculo, sería catastrófico para el gobierno. Supongamos que se aprueba el límite, pero al final del período el gasto en el capítulo fue superior a lo aprobado en el ejercicio fiscal 2024; esto inevitablemente traería observaciones de la Auditoría Superior de la Federación, así como fuertes sanciones.
En la siguiente entrega se analizará la evolución y análisis del capítulo de los servicios personales en Sonora.


Subsecretario de la Secretaria de Hacienda del Estado de Sonora y maestro de asignatura del Departamento de Economía de la Universidad de Sonora.

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