El Zancudo

Por Redacción Jun 23, 2011

Se puso bueno el tira y tira entre los dirigentes estatales del PAN y el PRI, Juan Bautista Valencia Durazo y Claudia Pavlovich Arellano, respectivamente, a propósito de las flagrantes acciones de proselitismo y posicionamiento electoral que algunos funcionarios públicos se encuentran realizando por todo el estado.

 Como suele suceder en aquellos casos en que un hombre pelea con una mujer, este duelo no parece ser la excepción y el que puede salir más raspado es el dirigente panista.

 Peor aún, porque ya agarró bronca no nomás con una mujer, sino con dos, y ayer le brincó la aguerrida Secretaria de Gestión Social del PRI, Luz Mireya Franco, para decirle a Juan Valencia que sus declaraciones acerca de que la denuncia que el PRI interpuso en el Consejo Estatal Electoral eran ‘una vacilada’, obedecen al nerviosismo del dirigente político frente a un escenario electoral que en todas las encuestas proyectan la derrota de Acción Nacional.

 Los reporteros  preguntaron a Claudia Pavlovich sobre ese asunto, pero La Güerita se limitó a responder que no caerá en provocaciones y que ya hizo lo que tenía que hacer: interponer la denuncia de hechos en la instancia correspondiente, el CEE, en cuya cancha se encuentra ahora esa pelotita.

 Con cierto desdén, Claudia Pavlovich dejó en manos de Mireya Franco la respuesta, y ni tarda ni perezosa, la aguerrida mujer mostró a los reporteros una fotografía de una lona publicitaria en la que aparece el rostro de Ernesto Portugal, su nombre y la leyenda: “La carta fuerte del PAN para Peñasco”.

 El señor Portugal es el secretario de Desarrollo Social del Ayuntamiento de Puerto Peñasco, pero anda promoviendo su nombre y su figura para posicionarse políticamente rumbo al próximo proceso electoral, donde pretende figurar como candidato del PAN a la presidencia municipal.

Podría decirse que su campaña estaría orientada a la militancia panista, ya que por lo visto y escuchado entre panistas rocaportenses, no la tiene tan fácil, ya que antes tendría que eliminarse en una interna con otro personaje a quien apodan Kiko Munro, apellido por cierto de mucho peso en Puerto Peñasco.

 El problema es que oficialmente, las campañas internas no han comenzado. Y que la ley es muy clara cuando establece los criterios a considerar, para definir actos de campaña fuera de los tiempos legales.

 Convendría, para evitar digresiones interesadas, remitirse a lo que la ley señala a propósito de las precampañas y las sanciones para quienes las lleven a cabo fuera de tiempo:

 ARTÍCULO 160.- Para los efectos del presente Código, se entiende por: I.- Precampaña Electoral: es el conjunto de actividades reguladas por este Código, los estatutos y acuerdos de los partidos, que de manera previa a la postulación de candidaturas son llevadas a cabo por los aspirantes a candidatos;

 II.- Actos de Precampaña: son las acciones que tienen por objeto dar a conocer a los aspirantes a candidato, con el fin de obtener la nominación como candidato del partido para contender en una elección constitucional;

III.- Propaganda de precampaña electoral: es el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que se difunden durante la precampaña electoral por los aspirantes a candidatos y sus apoyadores o simpatizantes.

 V.- Precandidato: el ciudadano que contienda al interior de un determinado partido con el fin de alcanzar su nominación como candidato a un cargo de elección popular.

 ARTÍCULO 161.- Las disposiciones contempladas en los artículos del 162 al 173 de este Código sólo serán aplicables a los procedimientos internos de los partidos para la selección o elección de sus candidatos a puestos de elección popular; cuando dichos procedimientos, además de la participación de sus militantes, trasciendan al exterior de los propios partidos mediante publicitación masiva dirigida a la ciudadanía en general.

 Las precampañas se realizarán en los siguientes plazos:

I.- Para precandidatos a Gobernador, podrán realizarse durante los cuarenta días anteriores al inicio del registro de candidatos para la elección correspondiente.

II.- Para precandidatos a diputados podrán realizarse durante los treinta días anteriores al inicio del registro de candidatos para la elección correspondiente.

 III.- Las precampañas para precandidatos de ayuntamientos podrán realizarse durante los treinta días anteriores al inicio del registro de candidatos para la elección correspondiente.

 ARTÍCULO 165.- En el caso de quienes sean servidores públicos deberán renunciar u obtener permiso sin goce de sueldo para ausentarse de su cargo por lo menos tres días antes de su registro como precandidato.

 ARTÍCULO 166.- Queda prohibido a los precandidatos lo siguiente:

I.- Recibir cualquier aportación que no esté autorizada por el partido, alianza o coalición, así como aquellas expresamente prohibidas en este Código; y/o

 II.- Realizar actos de precampaña electoral antes de la expedición de la constancia de registro correspondiente por el órgano autorizado del partido y, en su caso, por el Consejo Electoral respectivo.

 Aunque no es el único señalado por los aliancistas como presunto delincuente electoral, para el señor Ernesto Portugal García, sin embargo, la denuncia de los priistas no pasa de ser un acto mediático. En un comunicado emitido recientemente, el funcionario municipal advierte que: “Por este medio hago de su conocimiento que, esperaré la notificación correspondiente por parte del CEE, para conocer el sustento de las acusaciones que se presentaron si es que estas lo tienen.

“Para un servidor este tipo de denuncias es sólo una muestra más del afán de seguir siendo protagonista, de acaparar reflectores y distraer de su ineficacia como oposición responsable. Me parece lamentable que se pretenda confundir, distraer y calumniar desde la dirigencia de dichos partidos políticos, en tiempos donde la principal tarea es unir esfuerzos en bien de todos los sonorenses.

“Espero encarecidamente, que los representantes de los partidos políticos en mención sean más responsables con sus acciones, que no se olviden que no solo deben obedecer a sus intereses políticos y de grupo, sino que además tienen un compromiso con los sonorenses, de respetar a las instituciones democráticas que tanto trabajo nos ha costado construir, así como de conducirse con verdad y justicia en su actuar diario”.

Las cosas están así: la ley electoral es clara en lo que su letra dice; las interpretaciones de los involucrados son sólo eso: interpretaciones, y la instancia que debe decidir sobre lo que está ocurriendo en Sonora, es el Consejo Estatal Electoral, que por cierto se encuentra suficientemente ‘engrillado’ como para esperar que se ponga a trabajar sobre el asunto.

 chaposoto67@hotmail.com

Related Post

Deja un comentario