El diputado electo, David Figueroa Ortega, invita al foro informativo donde se analizará la reforma al Poder Judicial.
Figueroa Ortega informó que el evento tendrá lugar el próximo viernes 28 de junio, a las 6 de la tarde en el salón Venetto del ExpoFórum, en Hermosillo, Sonora.
Destacó la importancia de asistir y participar en esta jornada informativa que lleva a cabo a nivel nacional el Gobierno de México.
El diputado electo por la coalición «Sigamos Haciendo Historia», se sumó a esta jornada de difusión para que las y los sonorenses conozcan de cerca el contenido de la reforma al Poder Judicial en México.
Apuntó que la reforma al Poder Judicial, tiene el objetivo de una nueva integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y busca la eficiencia, austeridad y transparencia en el Máximo Tribunal.
Expuso que la reforma contempla la elección popular de Ministros, Magistrados y Jueces, así como la legitimidad democrática de las y los impartidores de justicia.
Además, establece la sustitución del Consejo de la Judicatura Federal por órganos administrativos y disciplinarios independientes.
Así mismo, busca nuevas reglas procesales, justicia expedita y equilibrios entre Poderes.
Con la nueva integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se busca reducir el número de Ministras y Ministros, de 11 a 9 integrantes y el periodo de su encargo de 15 a 12 años.
También se pretende eliminar las dos Salas, la Corte sólo sesionará en Pleno y sus sesiones deberán ser públicas.
Se eliminaría la pensión vitalicia para actuales y futuros ministros y ministras y sus remuneraciones deben ajustarse al tope máximo establecido
para el Presidente de la República, sin excepción.
En 2025, se realizará una elección extraordinaria para renovar a todos los Ministros, Jueces y Magistrados del Poder Judicial.
La reforma propone que quienes ocupen actualmente el cargo, podrán participar en
esta elección en igualdad de condiciones.
Las y los Ministros de la SCJN, Magistrados del Tribunal Electoral y Magistrados del Tribunal de Disciplina, se elegirán a nivel nacional en las elecciones ordinarias a partir de 30
candidaturas paritarias propuestas por los tres Poderes de la Unión.
El Poder Ejecutivo propondrá hasta 10 candidaturas y el Poder Legislativo hasta 5 candidaturas por cada
Cámara (Diputados y Senadores) por mayoría calificada.
El Poder Judicial propondrá hasta 10 candidaturas a través del Pleno de la Suprema Corte, por mayoría de 6 votos.
En el caso de los 1,633 Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, se elegirán en cada uno de los 32 circuitos judiciales en las elecciones ordinarias, a partir de 6 candidaturas paritarias por cargo (2 por cada Poder de la Unión).
En el proceso electoral y resultados de la elección, el Senado de la República verificará que las candidaturas cumplan con los requisitos de ley.
El Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC) organizará la elección, las campañas durarán 60 días y no habrá etapa de precampañas, ni se permitirá el financiamiento público o privado.
Las personas candidatas tendrán acceso a tiempos de radio y televisión para difundir sus propuestas y podrán participar en foros de debate.
Los partidos políticos no podrán realizar proselitismo a favor o en contra de las candidaturas.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial, resolverá las impugnaciones y declarará los resultados, salvo cuando se trate de sus propios integrantes cuya resolución
corresponderá a la SCJN.
Sobre las reglas específicas, en caso de ausencia definitiva de Ministros, Magistrados o Jueces, el Senado designará por
mayoría calificada a una persona interina para que ocupe el cargo hasta que se realice la siguiente elección ordinaria:
Para Ministros de la SCJN y Magistrados del Tribunal de Disciplina, el Ejecutivo Federal propone la terna.
Para Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, el órgano de administración judicial propone la terna.
Para Magistrados electorales, la SCJN propone la terna.
Sobre la sustitución del Consejo de la Judicatura Federal por el Tribunal de Disciplina Judicial, este estará integrado por 5 magistrados electos a nivel nacional por un periodo de 6 años y serán propuestos por los Poderes de la Unión.
El Tribunal podrá recibir denuncias de cualquier persona o autoridad, además investigar a Ministros, Magistrados,
Jueces y personal judicial por actos contrarios a la ley, al interés público o a la administración de justicia.
Lo anterior,
incluyendo hechos de corrupción, tráfico de
influencias, nepotismo, complicidad o encubrimiento
de presuntos delincuentes, o cuando sus resoluciones
no se ajusten a los principios de objetividad, imparcialidad, independencia, profesionalismo o excelencia.
La reforma contempla sanciones que incluyen la amonestación, multa,
suspensión o destitución del cargo, excepto ministros.
El Tribunal podrá dar vista al Ministerio Público en caso de delitos o solicitar el juicio político ante el Congreso de la Unión.
El Órgano de Administración Judicial estará integrado por 5 personas designadas por un periodo de 6 años por los Poderes de la Unión.
El Poder Ejecutivo nombrará uno, el Senado uno y la SCJN a tres.
El Órgano de Administración Judicial será responsable de las funciones administrativas, de carrera judicial y de control interno, así como de elaborar el presupuesto del Poder Judicial.
Entre las nuevas reglas procesales, se prohíbe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias
constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.
Para la justicia expedita, se establece un plazo máximo de 6 meses para la resolución de asuntos fiscales, y de un año para asuntos penales.
En caso de rebasar estos plazos, la autoridad judicial debe informarlo al Tribunal de Disciplina Judicial que
podrá investigar y sancionar la demora.
Para la justicia local, los Poderes Judiciales de las entidades
federativas deberán establecer reglas para la elección directa de sus magistrados y jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes.
Por último, sobre los Fideicomisos del Poder Judicial, una vez que concluyan los juicios pendientes, deberán reintegrarse al Fondo de Pensiones para el Bienestar y se respetarán los derechos y prestaciones de los trabajadores.