Para la CEDH no alcanzan fianza por despojo; Para el Dip. Carlos Navarro el despojo no puede existir por ellos son dueños de la tierra

Por Redacción Abr 10, 2013

SAM_3712“Atrae la CEDH el caso de los ejidatarios de San Antonio de la Huerta y otorga cinco días al ministerio público para que le informe lo que pasó”

“Arraigados no alcanzan fianza: CEDH”

Por: Omar de la Vara/ Carlos Armando Briones

La CEDH atrajo de manera oficiosa el caso de los ejidatarios de san Antonio de la Huerta del municipio de Soyopa luego de que salió publicado el caso en Dossier Político de fecha 6 de Abril, según consta en el expediente   V33-01-00465-2013 así lo informó el visitador general Aldo Saraco.

El pasado viernes los pobladores del Ejido san Antonio fueron detenidos por la PEI por fuera de la instalaciones de la mina “minerales Libertad” cuando protestaban contra la empresa por la supuesta contaminación del agua potable y del terreno de agostadero.

Durante la tarde de este mismo viernes cinco personas más fueron detenidos mientras protestaban por fuera del edificio de la PGJE bloqueando la calle Rosales.

El visitador Aldo Saracco dijo que hasta el momento en base a entrevistas y visitas a los detenidos algunos ya liberados, se corroboró que no fueron agredidos físicamente, sin embargo la investigación continua para determinar una violación a las garantías individuales de la personas.

Se ha solicitado al ministerio público Investigador del fuero común para que en un plazo no mayor a cinco días deberá dar un informe rinda informe justificado acerca de todos y cada uno de los hechos que motivaron la queja, informe que deberá venir acompañado del expediente de la causa penal que para tal efecto se haya abierto.

Aun cuando los primeros 43 ejidatarios detenidos fueron liberados sin pagar fianza se encuentran bajo las reservas de ley en cuanto a los cinco arraigados agrego el visitador no han obtenido su libertad porque son acusados de ser los autores intelectuales de despojo agravado en despoblado cometido por dos o más personas por lo que no alcanzan fianza y aun cuando la empresa retire los cargos el caso se sigue de oficio.

SAM_3606DIP. CARLOS NAVARRO

Por su parte el legislador perredista respondió que ningún convenio o acuerdo puede estar por encima de la ley que establece la constitución; argumentando que  ellos son Mexicanos y ademas ejidatarios propietarios de sus tierras en las que opera  la empresa minera extrangera por lo que no puede existir el delito de despojo argumentando que la constitución los protege.

«Ningún Convenio o acuerdo puede estar por encima de los derechos constitucionales de propiedad de los mexicanos» enfatizó el legislador perredista.

Al respecto dijo que se le hace raro que la Comisión Estatal de Derechos Humanos se brinque como base el derecho constitucional y le de más valor al  contrato que realizaron los mineros con los ejidatarios;

«De forma subyacente justifican el actuar de la empresa minera cuando saben que los ejidatarios tienen derechos constitucionales». agregó.

Incluso va más allá;  «el hecho de arraigarlos por delito grave es para asustarlos; o de alguna manera obligarlos a negociar un acuerdo en favor de la empresa minera.» increpo.

Otro dato importante que tiene que ver con el caso segun el delegado de la Semarnat Ulises Cristópulos refiere a que los ejidatarios tienen derechos de extracción de metales, aspecto que pudiera cambiar su estatus de los arraigados de arrendadores a socios y en consecuencia ser un conflicto entre particulares en el cual no debió intervenir la policía en su detención.

 

 

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